¿Qué es la custodia del territorio?
Custodia, del latín "custodia/custodiae"; guardar, conservar, respetar.
La custodia del territorio la podemos entender como un conjunto de estrategias e instrumentos que pretenden implicar a los propietarios y usuarios del territorio en la conservación y el buen uso de los valores y los recursos naturales, culturales y paisajísticos. La idea base es que conservar la naturaleza, el paisaje y el patrimonio cultural no es una responsabilidad que recae solo en las administraciones públicas, como normalmente se piensa, sino que la ciudadanía, la sociedad civil y las empresas privadas también pueden y deben contribuir en este aspecto. Por eso, a diferencia de otros instrumentos y estrategias con similares objetivos, la custodia del territorio requiere la implicación directa y activa de la sociedad civil, por una parte, y de aquellas personas que son propietarias o usuarias de terrenos forestales, agrícolas o urbanos, por otra.
¿Por qué es necesaria?
Conservar los beneficios que nos aportan los espacios naturales, mantener los paisajes que nos identifican y de los que tanto disfrutamos y frenar la pérdida de especies animales y vegetales, son retos que la humanidad está afrontando desde hace décadas y que se han traducido en diversos acuerdos internacionales y leyes a nivel nacional. Asumir todos estos retos depende de todo el mundo, no únicamente de las administraciones públicas y de los gobiernos. En España, gran parte de los terrenos que se tienen que conservar se encuentran en fincas de propiedad privada, por eso es imprescindible implicar y dar apoyo a los propietarios de estas fincas para conseguir los retos indicados anteriormente. Esto es lo que pretende la custodia del territorio.
¿Quién la aplica?
Organizaciones sin ánimo de lucro, públicas o privadas, que se dedican exclusivamente, o a modo de complemento a otras actuaciones, a conservar la naturaleza y el paisaje utilizando instrumentos de custodia del territorio para conseguirlo. Este tipo de organizaciones, más allá de su nombre específico o de la figura legal a la que estén amparadas, se denominan genéricamente entidades de custodia del territorio.
¿Dónde se aplica?
En espacios que tengan interés especial por la fauna, flora, el patrimonio cultural o los paisajes que acojan o que podrían acoger si se aplicasen las medidas adecuadas. Dichos espacios pueden ser forestales, agrícolas, fluviales, marinos e incluso urbanos. Estas fincas suelen ser de propiedad privada, aunque los instrumentos de custodia también se utilizan en fincas de propiedad municipal que pertenecen a ayuntamientos y otras administraciones locales. A veces, los terrenos donde actúan las entidades de custodia son de dominio público, por lo tanto, pertenecen al conjunto de la sociedad, como es el caso de los espacios costeros y marinos. Las fincas pueden estar incluidas dentro o fuera de espacios protegidos legalmente (parques y reservas naturales, Red Natura 2000), si estuvieran dentro, la custodia del territorio complementa y refuerza la protección legal.
¿Cómo se lleva a la práctica?
Mediante pactos voluntarios que acuerden las entidades de custodia del territorio y los propietarios de los terrenos a conservar, y que establezcan compromisos de las dos partes dirigidos a mantener o recuperar el patrimonio natural y cultural de las fincas que son objeto de dichos pactos. Estos pactos, denominados acuerdos de custodia, se suelen fijar por escrito en un contrato obligando a una colaboración continua entre la entidad y el propietario, con una duración pactada que beneficia las dos partes: a la entidad, porque con los acuerdos contribuye a cumplir su misión, y al propietario, porque obtiene soporte técnico, y en ciertas ocasiones, recursos económicos o humanos para poder gestionar su finca, además de un reconocimiento social y satisfacción personal por contribuir a conservar la naturaleza y el patrimonio. Los acuerdos de custodia son el principal instrumento que utilizan las entidades de custodia, pero no el único. Otros instrumentos de custodia del territorio son las actividades de sensibilización y formación de propietarios rurales, las campañas educativas dirigidas a la ciudadanía, las actuaciones de los voluntarios de las entidades en espacios de custodia o actos de reconocimiento de la buena gestión que hace un propietario de su finca.
Un claro ejemplo de todo lo explicado anteriormente lo encontramos en mi pueblo, Cocentaina, dentro del Parque Natural de la Sierra de Mariola se encuentra la finca del Mas de Llopis. Si tenemos que destacar algún valor de todos los que posee esta zona es el incalculable valor ecológico ya que forma un ecosistema mediterráneo con gran parte de las especies características de éste como en pocos lugares quedan en la actualidad.
Por este motivo se realizó un acuerdo de custodia del territorio con la consecución del mismo a través de la firma del convenio de custodia del territorio Mas de Llopis por parte del ayuntamiento de Cocentaina y la asociación ecologista Grup d'Amics de la Natura.
No hay comentarios:
Publicar un comentario